N.E. AFIP Nº 4/2008

Nota Externa Nº 4/2008
31 de Julio de 2008

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 04 de Agosto de 2008

ASUNTO

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. – Ley según texto ordenado en 1997 y sus modificaciones. Operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones gravadas, que se cancelen mediante la entrega de granos no destinados a la siembra y legumbres secas. Régimen de percepción. Resolución General N° 2.459. Norma aclaratoria.

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IVA-PERCEPCION DE IMPUESTOS-COSAS MUEBLES-LOCACION-GRANOS-PAGO EN ESPECIE

TEXTO

 

Atento el régimen de percepción del impuesto al valor agregado aplicable a las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones gravadas, que se cancelen mediante la entrega de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos-, excepto arroz, y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas- establecido por la Resolución General N° 2.459, corresponde aclarar que conforme a lo previsto en su Artículo 2°, no se podrán solicitar ni oponer los certificados de exclusión a que se refiere la Resolución General N° 2.226, en el marco de dicho régimen de percepción.

Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 

Referencias Normativas:


FIRMANTES

DR. CLAUDIO OMAR MORONI


AFIP – Biblioteca Electrónica
Contáctenos en: bibliotecaelectronica@afip.gov.ar


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