Resolución General AFIP Nº 2785/2010

26 de Febrero de 2010

 

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 05 de Marzo de 2010

Boletín AFIP Nº 153, Abril de 2010, página 906

ASUNTO

IMPORTACION. Valores criterios de carácter preventivo. Resolución General Nº 2.730. Norma complementaria.

expandir GENERALIDADES


contraer TEMA

ADUANAS-MERCOSUR-NOMENCLATURA ARANCELARIA ADUANERA-NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

contraer VISTO

VISTO la Actuación SIGEA N° 13707-107-2009 del Registro de esta Administración Federal, y

contraer CONSIDERANDO

Que la Resolución General Nº 2.730 dispuso que este Organismo establecerá los valores criterio de importación de carácter precautorio para cualquiera de las mercaderías comprendidas en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), los cuales constituyen una importante herramienta para enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en las operaciones de importación.

Que en el marco de las tareas de evaluación de riesgo se ha realizado un estudio referido al valor de la mercadería detallada en el Anexo I de la presente, en el que se han considerado las fuentes de información internas y externas previstas en el Artículo 2° de la citada resolución general.

Que como resultado del mencionado estudio la Dirección de Gestión del Riesgo, mediante el informe elaborado al respecto, aconseja establecer valores criterio para las mercaderías analizadas.

Que dicho informe se sustenta, entre otras fuentes, en las bases de datos provenientes de los registros de destinaciones definitivas de importación para consumo del Sistema Informático MARIA (SIM) y en la información relacionada con las importaciones de la mercadería analizada, recogida de fuentes privadas.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Técnico Legal Aduanera y de Control Aduanero y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- Establécese el valor criterio que consta en los Anexos I «Listado de mercaderías con valor criterio» y II «Países de origen de las mercaderías», de esta resolución general.

contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- Apruébanse los Anexos I y II que forman parte de la presente.

contraer Artículo 3:

ARTICULO 3°.- Las disposiciones establecidas en los artículos precedentes serán de aplicación para las solicitudes de destinaciones definitivas de importación para consumo que se oficialicen a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.

contraer Artículo 4:

ARTICULO 4°.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Cumplido, archívese.


contraer ANEXO I – RG N° 2785(AFIP).

contraer ANEXO II – RG N° 2785(AFIP).


FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray


AFIP – Biblioteca Electrónica
Contáctenos en: bibliotecaelectronica@afip.gov.ar


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