Resolución General AFIP Nº 2838/2010

18 de Mayo de 2010

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 28 de Mayo de 2010

ASUNTO

PROCEDIMIENTO. Ley N° 25.506. Firma Digital. Resolu-ción General N° 2.674. Inscripción en el registro de empresas proveedoras autorizadas. Nómina de dispositivos criptográficos homologados.

expandir GENERALIDADES


contraer TEMA

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-FIRMA DIGITAL

contraer VISTO

VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 1-256712-2009 y 1-251102-2010 del Registro de esta Administración Federal, y

contraer CONSIDERANDO

Que la Ley N° 25.506 reconoce la eficacia jurídica del empleo de la firma electrónica y de la firma digital, estableciendo las características de su infraestructura en la República Argentina.

Que la Resolución N° 88 del 17 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, otorgó a la Administración Federal de Ingresos Públicos la licencia para operar como Certificador Licenciado.

Que mediante la Resolución General N° 2.651, se dispuso el procedimiento relacionado con la emisión y administración de los certificados digitales previéndose que, a los fines de la obtención de los denominados «Clase 4», se deberán utilizar dispositivos criptográficos que cuenten con determinadas características.

Que en tal sentido, la Resolución General N° 2.674 creó el «REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS HOMOLOGADOS» y estableció los requisitos técnicos y formales que las mismas deberán cumplir para su incorporación, así como para la homologación de los diferentes dispositivos que podrán utilizarse.

Que los dispositivos criptográficos a homologar han cumplido con los aspectos exigidos, por lo que corresponde inscribir a las empresas proveedoras en el citado «Registro», debiendo las mismas -durante el lapso de validez de la homologación- observar las demás obligaciones previstas por la normativa aplicable.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Recaudación y de Servicios al Contribuyente y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


contraer Artículo 1:

ARTICULO 1°.- Incorpóranse en el «REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS HOMOLOGADOS» creado por la Resolución General N° 2.674, a las empresas COMPLUS S.A. – C.U.I.T. N° 33-67724820-9 y SOLUCIONES WORKOUT S.A. – CUIT N° 30-70750051-0.

Referencias Normativas:

contraer Artículo 2:

ARTICULO 2°.- De acuerdo con lo previsto en el Artículo 4° de la Resolución General N° 2.674, se homologan los dispositivos criptográficos cuyos datos identificatorios y empresas proveedoras se detallan a continuación:Visualizar cuadro

Textos Relacionados:

contraer Artículo 3:

ARTICULO 3°.- La autorización a las empresas proveedoras para comercializar los dispositivos homologados que se indican en el Artículo 2°, tendrá una validez de DIEZ (10) años contados a partir del día de la publicación de esta resolución general en el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumplan durante dicho plazo las obligaciones previstas en la normativa vigente.

contraer Artículo 4:

ARTICULO 4°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray


AFIP – Biblioteca Electrónica
Contáctenos en: bibliotecaelectronica@afip.gov.ar


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