18 de Mayo de 2010
Estado de la Norma: Vigente
DATOS DE PUBLICACIÓN
Boletín Oficial: 28 de Mayo de 2010
ASUNTO
PROCEDIMIENTO. Ley N° 25.506. Firma Digital. Resolu-ción General N° 2.674. Inscripción en el registro de empresas proveedoras autorizadas. Nómina de dispositivos criptográficos homologados.
GENERALIDADES
TEMA
PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-FIRMA DIGITAL
VISTO
VISTO las Actuaciones SIGEA Nros. 1-256712-2009 y 1-251102-2010 del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO
Que la Ley N° 25.506 reconoce la eficacia jurídica del empleo de la firma electrónica y de la firma digital, estableciendo las características de su infraestructura en la República Argentina.
Que la Resolución N° 88 del 17 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, otorgó a la Administración Federal de Ingresos Públicos la licencia para operar como Certificador Licenciado.
Que mediante la Resolución General N° 2.651, se dispuso el procedimiento relacionado con la emisión y administración de los certificados digitales previéndose que, a los fines de la obtención de los denominados «Clase 4», se deberán utilizar dispositivos criptográficos que cuenten con determinadas características.
Que en tal sentido, la Resolución General N° 2.674 creó el «REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS HOMOLOGADOS» y estableció los requisitos técnicos y formales que las mismas deberán cumplir para su incorporación, así como para la homologación de los diferentes dispositivos que podrán utilizarse.
Que los dispositivos criptográficos a homologar han cumplido con los aspectos exigidos, por lo que corresponde inscribir a las empresas proveedoras en el citado «Registro», debiendo las mismas -durante el lapso de validez de la homologación- observar las demás obligaciones previstas por la normativa aplicable.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Sistemas y Telecomunicaciones, de Recaudación y de Servicios al Contribuyente y la Dirección General Impositiva.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.
Referencias Normativas:
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1:
ARTICULO 1°.- Incorpóranse en el «REGISTRO DE EMPRESAS PROVEEDORAS DE DISPOSITIVOS CRIPTOGRAFICOS HOMOLOGADOS» creado por la Resolución General N° 2.674, a las empresas COMPLUS S.A. – C.U.I.T. N° 33-67724820-9 y SOLUCIONES WORKOUT S.A. – CUIT N° 30-70750051-0.
Referencias Normativas:
Artículo 2:
ARTICULO 2°.- De acuerdo con lo previsto en el Artículo 4° de la Resolución General N° 2.674, se homologan los dispositivos criptográficos cuyos datos identificatorios y empresas proveedoras se detallan a continuación:Visualizar cuadro
Textos Relacionados:
- Resolución General Nº 2674/2009 Articulo Nº 4
Artículo 3:
ARTICULO 3°.- La autorización a las empresas proveedoras para comercializar los dispositivos homologados que se indican en el Artículo 2°, tendrá una validez de DIEZ (10) años contados a partir del día de la publicación de esta resolución general en el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumplan durante dicho plazo las obligaciones previstas en la normativa vigente.
Artículo 4:
ARTICULO 4°.- Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FIRMANTES
Ricardo Daniel Echegaray
AFIP – Biblioteca Electrónica
Contáctenos en: bibliotecaelectronica@afip.gov.ar