Resolución General AFIP Nº 3327/2012

04 de Mayo de 2012

 

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 11 de Mayo de 2012

ASUNTO

FACTURACION Y REGISTRACION. Procedimiento. Emisión opcional de constancias de bonificación promocional. Cuponeras Fiscales. Resolución General Nº 1083 y sus complementarias. Nómina de equipos homologados y empresas proveedoras autorizadas.

expandir GENERALIDADES


contraer TEMA

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO-REGIMEN DE EMISION DE COMPROBANTES-CONTROLADORES FISCALES

contraer VISTO

VISTO la Actuación SIGEA Nº 608510-9-2011 del Registro de esta Administración Federal, y

contraer CONSIDERANDO

Que la Resolución General Nº 1083 y sus complementarias, estableció para los contribuyentes y responsables obligados a emitir comprobantes mediante el empleo de «Controladores Fiscales», un régimen de emisión opcional de constancias de bonificación promocional utilizando «Cuponeras Fiscales».

Que conforme a lo dispuesto por el Apartado C del Capítulo VIII del Anexo I de la referida norma, la homologación de las «Cuponeras Fiscales» y la autorización de los respectivos proveedores será dispuesta por medio de resolución general y tendrá validez por un plazo máximo de CINCO (5) años a partir del día de su publicación oficial.

Que el mencionado pronunciamiento es indicativo del cumplimiento de los requisitos y condiciones que han reunido los equipos que se homologan, cuya aptitud surge del análisis de los Informes de Evaluación Técnica del Instituto Nacional de Tecnología Industrial.

Que asimismo, durante el lapso de validez de la homologación deberán ser cumplidas las demás obligaciones previstas por el régimen.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de Fiscalización.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


contraer Artículo 1:

Artículo 1º – De acuerdo con lo previsto en el Apartado C del Capítulo VIII del Anexo I de la Resolución General Nº 1083 y sus complementarias, se homologa el equipo denominado «Cuponera Fiscal» cuyos datos identificatorios y empresa proveedora se detallan a continuación:Visualizar Cuadro

Referencias Normativas:

contraer Artículo 2:

Art. 2º – La homologación dispuesta en el artículo anterior, así como la autorización de venta que se otorga a la empresa proveedora, tendrá una validez de CINCO (5) años contados a partir del día de la publicación de la presente en el Boletín Oficial, inclusive, siempre que se cumplan durante dicho plazo los requisitos establecidos por la Resolución General Nº 1083 y sus complementarias.

Referencias Normativas:

contraer Artículo 3:

Art. 3º – Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.


FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray


AFIP – Biblioteca Electrónica
Contáctenos en: bibliotecaelectronica@afip.gov.ar


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