Resolución General AFIP Nº 3346/2012

19 de Junio de 2012

 

Estado de la Norma: Vigente


DATOS DE PUBLICACIÓN

Boletín Oficial: 23 de Agosto de 2012

ASUNTO

Premio a las Buenas Prácticas de Gestión con Canes. Resolución General Nº 3091. Su sustitución.

expandir GENERALIDADES


contraer TEMA

ADUANAS

contraer VISTO

VISTO la Actuación SIGEA Nº 12048-713-2012 del Registro de esta Administración Federal, y

contraer CONSIDERANDO

Que la Resolución General Nº 3091 instituyó el «Premio Anual a las Buenas Prácticas de Gestión con Canes» a efectos de reconocer las contribuciones y experiencias exitosas que reporten valor agregado a la gestión aduanera, promoviendo la inclusión de los canes como herramientas de control no intrusivo en los escenarios operativos aduaneros.

Que en virtud de la experiencia recogida en la primera edición de este premio, realizada en el año 2011, resulta necesario efectuar determinadas adecuaciones tendientes a su optimización.

Que atento a ello se estima conveniente sustituir la Resolución General Nº 3091.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, la Subdirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Referencias Normativas:

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:


contraer Artículo 1:

Artículo 1° – Institúyese el «Premio a las Buenas Prácticas de Gestión con Canes», a efectos de reconocer las contribuciones y experiencias exitosas que reporten valor agregado a la gestión aduanera, promoviendo la inclusión de los canes como herramientas de control no intrusivo en los escenarios operativos aduaneros.

contraer Artículo 2:

Art. 2° – Las bases y condiciones generales del premio, el formulario de inscripción, el isologo con el que se identificará esta iniciativa, el certificado de acreditación del ganador y el detalle de las etapas que forman el proceso para su implementación, se consignan -respectivamente- en los Anexos I a V que se aprueban y forman parte de la presente.

La edición y el año en que se efectúe este premio serán consignados en los campos destinados a ese fin en el isologo y en el certificado de acreditación del ganador.

contraer Artículo 3:

Art. 3° – Apruébase la segunda edición del «Premio a las Buenas Prácticas de Gestión con Canes», correspondiente al año 2012.

contraer Artículo 4:

Art. 4° – La Dirección General de Aduanas determinará:

a) La periodicidad del «Premio a las Buenas Prácticas de Gestión con Canes».

b) Las fechas en que se efectuarán cada una de las etapas del premio.

Cuando resulte pertinente podrá modificar el formulario de inscripción.

contraer Artículo 5:

Art. 5° – Deberán intervenir de manera coordinada con la Dirección General de Aduanas, en el ámbito de sus respectivas competencias, las siguientes áreas de este Organismo:

a) Dirección de Asuntos Internacionales, Dirección de Secretaría General y División Fortalecimiento, todas ellas de la Subdirección General de Coordinación Técnico Institucional.

b) Dirección de Planeamiento Edilicio e Imagen Institucional de la Subdirección General de Planificación.

contraer Artículo 6:

Art. 6° – La presente entrará en vigencia a partir del día hábil administrativo inmediato siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

contraer Artículo 7:

Art. 7° – Déjase sin efecto la Resolución General Nº 3.091 a partir de la fecha indicada en el artículo precedente.

Deroga a:

contraer Artículo 8:

Art. 8° – Regístrese y dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Remítase copia a la Secretaría Administrativa del MERCOSUR -Sección Nacional-, a la Secretaría del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones de Aduanas de América Latina, España y Portugal (México D.F.) y a la Secretaría de la Organización Mundial de Aduanas. Cumplido, archívese.


contraer ANEXO I – RG N° 3346(AFIP).

contraer ANEXO II – RG N° 3346(AFIP).

contraer ANEXO III – RG N° 3346(AFIP).

contraer ANEXO IV – RG N° 3346(AFIP).

contraer ANEXO V – RG N° 3346(AFIP).


FIRMANTES

Ricardo Daniel Echegaray


AFIP – Biblioteca Electrónica
Contáctenos en: bibliotecaelectronica@afip.gov.ar


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