Le informamos que en el Boletín Oficial del día 08/08/2012 se ha publicado la Resolución General 3.357 a través de la cual se amplía el universo de los sujetos obligados a utilizar el sistema “Su Declaración”.
En tal sentido se establece que:
|
El uso de dicho sistema informático resultará obligatorio para los empleadores que registren hasta VEINTICINCO (25) empleados, inclusive -antes 10-, en el período mensual que se declara. En el supuesto que incrementen sus nóminas hasta un máximo de CINCUENTA (50) trabajadores, inclusive -antes 20-, deberán continuar generando las referidas declaraciones juradas mediante el aludido sistema. | |||
|
La utilización del sistema «Su Declaración» será optativa para los empleadores que registren entre VEINTISEIS (26) -antes 11- y CINCUENTA (50) –antes 20- empleados. |
Las disposiciones entrarán en vigencia a partir del día 08/08/2012 y serán de aplicación respecto de las presentaciones de declaraciones juradas (F. 931), originales o rectificativas, correspondientes a los períodos devengados agosto de 2012 y siguientes.
Puede acceder al texto completo de la norma ingresando a la Biblioteca Electrónica.