Empresas de servicios. Régimen de información. Resolución General N° 3349

Le informamos que en el Boletín Oficial del día 12/07/2012 se ha publicado la Resolución General N° 3349 que establece un régimen de información que deberá ser cumplido por las empresas que presten el servicio de suministro de energía eléctrica, de provisión de agua, de gas, de telefonía fija y de telefonía móvil (celular).

La obligación de informar alcanzará sólo a las operaciones que en cada mes calendario sean iguales o superiores a la suma de UN MIL PESOS ($ 1.000.-), o su equivalente cuando el período de facturación sea diferente al mensual.

Estarán obligados a informar a todos los contribuyentes que, al cierre del período mensual informado, revistan el carácter de sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (MONOTRIBUTO), independientemente del monto de la operación.

No corresponderá informar aquellas operaciones en las que el prestatario se encuentre designado como agente de retención, conforme a lo previsto en el artículo 2º, incisos a), b) y c), de la Resolución General Nº 2854 y sus modificaciones.

Para tal fin, se utilizará el programa aplicativo denominado AFIP DGI – REGIMEN INFORMATIVO DE CONSUMOS RELEVANTES – Versión 2.0, cuyas características, funciones y aspectos técnicos para su uso, se podrán consultar en el Anexo II de esta resolución general. El mismo, se encontrará disponible en el sitio web del Organismo (http://www.afip.gob.ar) a partir del día 1 de agosto de 2012, inclusive.

La presentación de la información deberá formalizarse por transferencia electrónica de datos a través del sitio Web, mediante Clave Fiscal.

Los sujetos alcanzados deberán suministrar la información mensualmente, y estará referida al período facturado dentro del mes calendario, con independencia del período en el cual se presten los servicios.

Para más información sobre requisitos, plazos, formas y demás condiciones de la presente resolución general, se podrá consultar el texto completo de la norma que se encuentra disponible en el sitio Web de la Biblioteca Electrónica (http://biblioteca.afip.gob.ar/).

Vigencia: A partir del día 1 de julio de 2012, inclusive.

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